COFE considera que el cambio en el régimen de certificaciones médicas, es inconstitucional, y acarrea claramente una rebaja salarial. De esta denuncia ante la Organización Internacional del Trabajo, los representantes expresan que «los actos emitidos por el Poder Ejecutivo y la Asamblea General no respetan varios de los convenios establecidos en la OIT (95,98,151,154, 155 y 161), además del incumplimiento a la Constitución de la Republica en sus artículos 8,44 y 54. En su denuncia el Pit Cnt expresa que los funcionarios públicos gozan de un régimen jurídico en materia de salud con disposiciones específicas en relación con el goce de licencias por enfermedad llámese accidentes laborales, enfermedad, maternidad, paternidad, cuidados, etc.
Según lo dispuesto por el Poder Ejecutivo, se establece un tope de 9 días de licencia al año no acumulables para cubrir las inasistencias justificadas por enfermedad o accidente. Una vez superados esos 9 días el funcionario percibirá el 75% de su salario. Para COFE esto es lisa y llanamente una rebaja salarial.
Es justamente, en el incumplimiento de los artículos de la Constitución arriba mencionados, que para el gremio hay una presunción de insconstitucionalidad.